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Consulado de Colombia en Quito

Pasos para el registro civil de nacimiento o nacionalidad por nacimiento

Según la Ley 43 de 1993 y el artículo 96 de la Constitución Política, son nacionales colombianos por nacimiento, los hijos o hijas de padre o madre colombiano por nacimiento. El primer paso para obtener la nacionalidad colombiana por nacimiento es realizar la inscripción del nacimiento en el registro civil siguiendo estos pasos:

PASO 1: Deposite en un sobre sellado dirigido al Consulado General de Colombia en Quito y marcado con sus datos personales los siguientes requisitos:

  • Partida íntegra o acta de nacimiento extranjera legalizada y apostillada. No se aceptan certificados de nacimiento.
  • Certificado de grupo sanguíneo y RH.
  • Copia de la cédula de ciudadanía colombiana actualizada (amarilla con hologramas) del padre o madre colombiano (o copia auténtica del registro civil de defunción colombiano, en el caso que el padre o madre colombiano esté fallecido).
  • Copia del pasaporte vigente o cédula extranjera, si uno de los padres es extranjero.
  • Copia del pasaporte vigente, si el mismo inscrito va a actuar como declarante en el registro civil.

PASO 2: Un funcionario revisará sus documentos. Si se requiere subsanar algún documento, el funcionario se comunicará al correo o al teléfono que usted indicó en el sobre. Si sus documentos están correctos y completos, se le indicará que solicite su cita en este enlace: CITAQUITO.

PASO 3: El día de su cita, el declarante debe acudir personalmente acompañado del inscrito, a menos que el inscrito vaya a actuar también como declarante. Si su registro civil de nacimiento es autorizado por el Cónsul encargado del tema, usted recibirá una copia auténtica de su registro civil de nacimiento a su correo electrónico alrededor de 2 días hábiles luego de su cita. Si usted requiere esta copia auténtica en físico, podrá retirarla sin cita previa de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 1:00 p.m.

INFORMACIÓN ADICIONAL: Este trámite no tiene costo. Si usted requiere tramitar su Tarjeta de Identidad, Cédula de Ciudadanía o Pasaporte colombiano, debe esperar que la Registraduría Nacional del Estado Civil realice la inscripción o grabación de su registro civil en el Sistema de Información de Registro Civil – SIRC. Este proceso es de competencia única y exclusiva de esa entidad y puede tardar entre 3 a 6 meses.

Usted podrá hacer seguimiento a la grabación de su registro civil a través de la página web de la Registraduría Nacional en este enlace: https://consultasrc.registraduria.gov.co:28080/ProyectoSCCRC/

Debe ingresar como “USUARIO PÚBLICO” e indicar el NUIP de su registro civil. Una vez usted dé cuenta que su registro civil quedó grabado con éxito, podrá realizar el trámite de Tarjeta de Identidad, Cédula de Ciudadanía o Pasaporte siguiendo el paso a paso para cada trámite.

 

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