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Consulado de Colombia en Quito

Requisitos

Para los colombianos domiciliados en territorio nacional:

El interesado deberá manifestar por escrito su voluntad de renunciar a la nacionalidad colombiana, documento que deberá contener la presentación personal correspondiente (ante Notario) y ésta deberá entregarse personalmente ante el Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores en la sede principal de Bogotá. No es posible adelantar este trámite mediante apoderado.

  • Original y copia simple de la cédula de ciudadanía colombiana, si le fue expedido.
  • Original y copia simple del pasaporte colombiano, si le fue expedido. Tenga en cuenta que, en lo referencia a la fotocopia del pasaporte colombiano, si le fue expedido al extranjero, así como el pasaporte extranjero, es necesario que se aporte digitalizado la totalidad de las hojas contenidas en cada uno.
  • Documento idóneo por medio del cual se demuestre que posee otra nacionalidad, o que la está tramitando.
  • Para solicitantes de género masculino entre 18 y 50 años, deben adjuntar constancia de que ha definido su situación militar de acuerdo con la ley vigente en Colombia, a menos de que la haya definido en el país de su otra nacionalidad, lo cual deberá comprobar mediante certificado de la autoridad extranjera competente.
  • 4 fotos 4x 5 cm., tipo documento, fondo blanco.

Para los colombianos domiciliados en territorio extranjero:

El interesado deberá manifestar por escrito su voluntad de renunciar a la nacionalidad colombiana, el documento deberá contener el reconocimiento de firma ante el funcionario consular y entregarse personalmente ante la Oficina Consular correspondiente a la circunscripción de su domicilio en el exterior. Además, deberá presentar los siguientes documentos:

  • Original y copia simple de la cédula de ciudadanía colombiana, si le fue expedido.
  • Original y copia simple del pasaporte colombiano, si le fue expedido. 
  • Documento idóneo por medio del cual se demuestre que posee otra nacionalidad, o que la está tramitando.
  • Certificado de buena conducta vigente expedido por autoridad competente del domicilio del solicitante.
  • Los documentos expedidos en países que hacen parte de la “Convención sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, de 1961”, deben ser apostillados por la autoridad competente del país donde el documento tenga origen. En caso contrario, los documentos deben estar legalizados por el cónsul de Colombia competente. Cualquier documento que se encuentre en un idioma diferente al castellano, deberá ser traducido oficialmente y la traducción deberá ser legalizada o apostillada, según sea el caso.
  • Constancia de que haya definido su situación militar de acuerdo con la ley vigente en Colombia, a menos de que la haya definido en el país de su otra nacionalidad, lo cual deberá comprobar mediante certificado de la autoridad extranjera competente.
  • La foto será tomada por el funcionario respectivo en las instalaciones de la oficina consular.

Conozca la minuta, carta o escrito que podrá presentar ante el GIT de Nacionalidad o el Consulado de Colombia de su residencia.

Para menores de edad: (Se aplica para el trámite adelantado en la sede principal del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá o en una Oficina consular)

Los menores de edad podrán presentar renuncia a la nacionalidad colombiana, por intermedio de quienes conjunta o separadamente ejerzan la patria potestad, de conformidad con las normas establecidas por el Código Civil Colombiano, presentando para el efecto los siguientes documentos:

  • Solicitud escrita presentada por intermedio de quienes, conjunta o separadamente ejerzan la patria potestad. Para el caso de los menores domiciliados en territorio nacional deberá contener presentación personal correspondiente (ante Notario). 

Conozca la minuta, carta o escrito que podrá presentar ante el GIT de Nacionalidad o el Consulado de Colombia de su residencia.

  • En el caso de los menores domiciliados en el exterior, solicitud escrita presentada por intermedio de quienes, conjunta o separadamente ejerzan la patria potestad, ante el funcionario del consulado.
  • Copia simple del Registro Civil de Nacimiento colombiano del menor.
  • Original y copia simple de la Tarjeta de identidad si le fue expedida (para mayores de 8 a 18 años).
  • Original y copia simple del pasaporte colombiano si le fue expedido.
  • Documento idóneo por medio del cual se demuestre que posee otra nacionalidad, o que la está tramitando.
  • Copia simple de los documentos de identificación de quienes o separadamente ejerzan la patria potestad.
  • 4 fotos 4x5 cm., tipo documento, fondo blanco. Si la renuncia a la nacionalidad se lleva a cabo en el exterior, la foto será tomada por el funcionario respectivo en las instalaciones de la oficina consular.

NOTAS IMPORTANTES:

  • Los documentos originales de identificación mencionados anteriormente en todos los casos deberán ser presentados al momento de la realización de la solicitud y obligatoriamente deberán ser entregados al momento de la notificación personal del “Acta de Renuncia” al funcionario del Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad o del Consulado, según corresponda.
  • El colombiano domiciliado en el extranjero, deberá adelantar el reconocimiento de firma de acuerdo con el procedimiento establecido por nuestra oficinas consulares, el cual podrá ser consultado en el enlace https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/tramites_exterior/reconocimiento con el fin de presentar el correspondiente escrito donde manifieste la voluntad de renunciar a la nacionalidad colombiana.